¿Es legal colocar cámaras de vigilancia en el trabajo?

Tiempo de lectura: 3 minutos

¿Sospechas que hay cámaras de vigilancia en tu lugar de trabajo, o directamente las has podido ver? Si es así, o tienes dudas sobre esta posibilidad, seguro que te has preguntado si es legal colocar cámaras en tu oficina o grabarte mientras desarrollas tu labor profesional.

Ante tus dudas, vamos a explicarte qué aspectos de este hecho son legales y cuáles no lo serían, para que puedas ir a trabajar sin ningún tipo de incomodidad.

Aquellas organizaciones que realizan la instalación de cámaras en el trabajo tienen, con ello, un objetivo de protección ante la actividad económica que se desempeña en su negocio. Con esta medida, el principal fin es ratificar el adecuado comportamiento del personal trabajador, aunque también es importante la presencia de cámaras, en según qué lugares de empleo, como medida de seguridad.

No obstante, la empresa que decida colocar cámaras de seguridad en sus instalaciones ha de atenerse a una serie de condiciones que te pasamos a detallar.

Requisitos para colocar cámaras en la oficina de trabajo

Es requisito, para que una organización pueda poner una o más cámaras en sus instalaciones, que la empresa informe previamente sobre la instalación, de un modo claro y conciso. Basta con comunicarlo a través de un simple cartel informativo, siempre que pueda verse sin problema.

Otro requisito indispensable para poner cámaras en el trabajo es que se pueda garantizar la dignidad del personal empleado. En ningún caso esta instalación puede perjudicarte o afectar a tu privacidad básica.

¿Qué dice la ley de las cámaras de seguridad?

Según el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, el perfil empresario está en su derecho de adoptar las medidas que considere oportunas en cuanto a control y vigilancia.

Esto es así porque implica una forma de asegurar que cada trabajador/a haga frente a sus obligaciones y derechos laborales.

Por tanto, la instalación de cámaras en los lugares de trabajo es legal, en toda regla.

¿Qué pasa si en mi trabajo hay cámaras con audio?

Colocar cámaras con audio en tu lugar de trabajo es considerado como una práctica ilegitima, por vulnerar tu derecho a la intimidad como persona trabajadora.

Excepcionalmente, el artículo 89 de la Ley de Protección de Datos contempla que se puede registrar sonido en una cámara, de manera legal, si se da una situación de riesgo para la seguridad de las instalaciones de una empresa, así como para la que ataña a su personal empleado o a los bienes materiales.

Por tanto, no es legal tener cámaras con audio en el trabajo, salvo casos muy concretos, porque incumpliría el principio de proporcionalidad, atentando contra el derecho a la intimidad del personal empleado.

¿Dónde no se pueden poner cámaras de seguridad en el trabajo?

Para no cometer ningún delito sobre la intimidad del personal trabajador, queda terminantemente prohibida la instalación de cámaras de seguridad en lugares privados como vestuarios o aseos.

Tampoco es posible colocar este tipo de cámaras en zonas de descanso, como pueden ser los comedores; así está estipulado en la Agencia Española de Protección de Datos.

Sin embargo, el hecho de grabar en tiempo de descanso sí está permitido siempre y cuando se ejerza esta acción con motivo de sanción para aquellas personas que incumplan sus obligaciones como trabajadores/as.

En el caso de las cámaras ocultas, la Ley de Protección de Datos no ampara su colocación, ya que esta instalación no se atiene a la normativa vigente. No obstante, el Tribunal Supremo respalda este método de forma temporal, si existe sospecha de informalidad en el trabajo.

¿Quién autoriza la videovigilancia?

Un perfil de profesional autónomo/a, o de empresa, que disponga de los conocimientos elementales para llevar a cabo la instalación de sistemas CCTV, puede realizar dicha instalación. La autorización para poner cámaras de videovigilancia en el trabajo se estima, exclusivamente, cuando estas han de conectarse a una Central Receptora de Alarmas.

Comments

Deja un comentario

Your email address will not be published.


*